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Licencias y Dominio Público

¿Cómo sé qué puedo y no usar de forma legal?

Los contenidos a continuación son una adaptación del texto "Identificar qué puedo y no hacer",
del material Manos a la obra... porque #YoComparto. Yoli Marcela Hernández Pino
(Noviembre, 2014).
Licencia CC By-SA.

Usualmente, la primera reacción que tenemos cuando conocemos sobre Derechos de Autor es poner bajo el lente de las Licencias de Uso nuestras prácticas de acceso, producción e intercambio de contenidos: queremos saber si lo que hacemos cotidianamente es legal o no.

La segunda reacción es entonces preguntarnos ¿Cómo sé qué puedo hacer y qué no con los contenidos? La respuesta está en las Licencias de Uso, las cuales están asociadas a los Derechos Patrimoniales como se explicó en la definición del Derecho de Autor.

Una Licencia de Uso no es más que un texto legal a través del cual el autor o quien tiene los Derechos Patrimoniales de la obra indica qué se puede y qué no hacer con una  obra, particularmente en relación a Copiar y Reproducir, Transformar y Presentar en público o Difundir. Esto es, los permisos y las restricciones o condiciones de uso.

En este sentido, existen tres opciones generales. No obstante todas tienen como condición irrenunciable el reconocimiento del Derecho Moral:

  1. Todos los derechos reservados: Sólo se puede usar en la forma en que se encontró. Representa el refrán "Ver y no tocar se llama respetar".

  2. Licencias Abiertas: Forma de licenciamiento que brinda más permisos que restricciones sobre una obra, permitiendo mínimamente su acceso, divulgación y distribución. Su perspectiva está en el rango entre "Todos los derechos reservados" y "Dominio Público", por lo que se le conoce como "Algunos derechos reservados". Dentro de este tipo de licencias se encuentra Creative Commons que Integra seis licencias que tienen en común el permiso irrestricto de compartir o distribuir la obra. La diferencian entre ellas está en las restricciones asociadas al lucro económico sobre la obra, la posibilidad de modificarla y el tipo de licencia que se pide para la obra derivada. Sobre este tipo de licencias se profundiza más adelante.

  3. Dominio público: Ha expirado el tiempo de protección de los Derechos Patrimoniales o el autor ha renunciado a este tipo de derechos, por lo que otras personas pueden distribuir, modificar e incluso vender la obra sin necesidad de pedir permiso. Si una persona realiza una obra derivada, ésta queda con los Derechos Patrimoniales sobre la nueva obra.

La siguiente imagen ayuda a comprender mejor el tema, visualizando qué podemos hacer y bajo qué condiciones con las obras de otros, en relación con las Licencias de Uso o su estado. Así, ubica en un extremo (arriba) la opción más abierta que es Dominio Público (PD), y en el otro, la más cerrada que es Todos los Derechos Reservados (abajo), pasando por las seis licencias abiertas de Creative Commons:

Permisos de las Licencias Creative Commons
Permisos y Condiciones en Licencias
(2015). Ulises Hernandez y Marcela Hernandez. En Flickr. (CC BY)

Obra publicada con Licencia Creative Commons Reconocimiento Compartir igual 4.0